veamos...!!!
(Ref. Art.1° y 3° de la Ley 28518).
¿Cuál es el ámbito de aplicación de la Ley Nº 28518 y su Reglamento? Su ámbito de aplicación comprende a todas las empresas, entendidas como toda entidad pública o privada cuyos trabajadores están sujetos al régimen laboral de la actividad privada. (Ref. Art.III De la Ley 28518 y Art. 3° del D.S. 007-2005-TR)
¿Cuáles son los principios que deben regular las modalidades formativas laborales? Son tres principios fundamentales:
- El Principio que establece a la Persona como centro fundamental de todo proceso formativo.
- El Principio de Igualdad sin discriminación alguna, a que tiene derecho a la persona en formación.
¿Cuáles son los objetivos de las modalidades formativas laborales? Son tres objetivos principales:
- Coadyuvar a la adecuada y eficaz interconexión entre la oferta formativa y la demanda en el mercado de trabajo.
- Fomentar la formación y capacitación laboral.
- Proporcionar una formación que desarrolle capacidades para el trabajo y favorezca la adaptación de los beneficiarios a diferentes situaciones laborales. (Ref. Art. II de la Ley 28518).
¿Cómo se clasifican las modalidades formativas laborales?
- Del aprendizaje:
- Con predominio en la Empresa.
- Con predominio en el Centro de Formación Profesional: Prácticas Pre-profesionales
- Práctica Profesional.
- De la Capacitación Laboral Juvenil
- De la Pasantía:
- De la Pasantía en la Empresa.
- De la Pasantía de Docentes y Catedráticos.
- De la actualización para la Reinserción Laboral.
Fuente:
Ley 28518
Ley 28518
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